“Tres pares de ojitos escudriñan mi oficina, como buscando si hay una puerta de escape o un lugar para esconderse, mientras son rodeados de adultos que los miran con una sonrisa, a pesar de que nunca los han visto en su vida. Ellos son tres pequeños que fueron llevados por su madre ante un Juez Familiar para ser entrevistados, porque sus papás, por alguna razón, después de pasar meses de peleas y hasta agresiones físicas, simplemente no se han puesto de acuerdo sobre “quién se queda con los niños”.
Son escuchados con atención por ese señor que está del otro lado del escritorio y quién les dijo que era el Juez. Él les explica que hará todo lo posible para que no regresen a ese lugar llamado juzgado; les dijo que a veces los adultos no pueden resolver por sí solos sus problemas y tienen que acudir a ese “Juez” para que sea él, quien les dé una solución. Les aseguró que su mayor interés, es que ellos estén bien y sean felices.
Los niños lloran al platicar algunos malos días que han pasado al lado de sus padres, le cuentan al juez lo que han oído hablar a los adultos, a su madre, a sus tías, a sus abuelos. A ellos no les gusta oír que hablan cosas malas de su padre, aunque saben que su papá no se ha portado muy bien porque maltrataba a su madre, pero lo aman y quieren seguir viéndolo. Adoran a su madre, los cuida, los ayuda en sus tareas, les da de comer y sus abuelitos la ayudan para llevarlos a la escuela. Les gustaría que sus papás volvieran a estar juntos, pero sin peleas, sin insultos, sin golpes.
Hoy estos tres pequeños no saben qué va a decir ese señor al que le llaman Juez ¿Meterá a su papá a la cárcel? ¿Los separará de su mamá? ¿Los llevaran a un lugar que no conocen? Han escuchado a los adultos decir tantas cosas tan confusas. Ellos sólo quieren vivir en paz, ir a la escuela, comer bien, jugar mucho con sus juguetes, dormir tranquilos por las noches; pero, sobre todo, quieren ver felices a sus papitos. ¿Ese señor Juez puede hacerlo? ¿Será que él puede lograr que sus papás vuelvan a sonreír?”.
La mayor aspiración que debe tener un Juez que ejerce competencia en materia familiar, no es dictar sentencias perfectas, que vayan aderezadas de infinidad de tesis jurisprudenciales y argumentos infalibles.
La mayor aspiración de los jueces familiares, debe ser, sobre todas las cosas, que existan niños protegidos, no sólo en sus derechos fundamentales, sino para alcanzar uno de los deseos más intensos en los niños: ser felices.
Los jueces podemos emitir resoluciones que sean, como ya dije, perfectas en todo lo que a su fundamentación y motivación refiere; suficientemente argumentadas, claras, precisas y congruentes; pero no podemos estar ahí, en ese momento en el que uno de los progenitores se presenta a la convivencia y comienza con el otro una batalla campal tristemente presenciada por los hijos.
Ninguna resolución puede subsistir ante ese panorama, ante esa frustración que sienten los menores al ver, una vez más, una discusión entre sus padres, en la que ellos, sus hijos, quedan completamente de lado.
El Juez familiar no se limita a emitir resoluciones; el Juez familiar debe hacer lo posible y hasta lo imposible por resolver problemas familiares. Debe oír a los menores, no solo cuando lo considere necesario, sino también cuando los menores lo soliciten y en caso de ser necesario, acompañarse de un psicólogo que lo auxilie durante la entrevista. Debe escuchar a los progenitores, evitar el lenguaje técnico y de ser posible, colocarse en un nivel acorde a las circunstancias personales y sociales de las partes.
Tiene que hacer un esfuerzo por ser empático, comprensivo, mostrarse realmente interesado en lo que ambas partes expresan; pero al mismo tiempo, debe evitar caer en emotividades que nublen su buen juicio, en creer de primera instancia, eventos de los que no tenga mayor información que la declaración unilateral de alguno de los involucrados. Debe hacerles entender, que sus decisiones solo tienen por objeto, velar por el bienestar de sus menores hijos; lograr que las partes confíen en él, que estén seguros de que no persigue ningún interés particular o parcial y que las decisiones que asuma, serán producto de una cuidados reflexión y consideración a las circunstancias particulares de cada caso.
Finalmente, el Juez familiar debe sacudirse ese acartonamiento del proceso escrito, de solo impulsar el avance del juicio si lo solicitan las partes, de esa cuadratura que lo lleva a no contar con más información que la que le proporcionan las partes, muchas veces, muy escasa y que no es suficiente para decidir con certeza el conflicto.
Debe entender que cuenta con las más amplias facultades para recabar, en el momento que lo estima pertinente, aún después de citar para sentencia, los medios de prueba y convicción que resulten necesarios para tomar una decisión bien informada y convencido de su sentido; siempre y en todo momento, haciendo prevalecer el interés superior del menor. Para ello, el Juez familiar cuenta con infinidad de recursos metodológicos, tratados internacionales que protegen los derechos de la familia y en especial de los menores, así como protocolos que guían su actuación y que debe conocer a cabalidad.
En no pocas ocasiones, el Juez se ve obligado no solo a realizar una labor conciliatoria entre las partes, sino también entre sus asesores jurídicos, para dejar clara constancia de que su posición en el juicio, es absolutamente imparcial y con el único interés de velar por el bienestar de los menores. Son muchas las ocasiones que el abogado reclama una actuación judicial por no ajustarse a las “formalidades” del procedimiento, pasando por alto, que el juzgador, atento a los principios que rigen al proceso familiar, tiene amplias facultades para ordenar de oficio y en el momento que así lo estime, cualquier acto judicial que, en su consideración, resulte necesario para la emisión de sus resoluciones.
Lo anterior implica que el Juzgador no solo debe estar actualizado en el ámbito jurídico; también requiere de adquirir instrumentos teóricos y prácticos en materia de mediación y justicia alternativa, psicología familiar, técnicas de entrevista a menores, manejo de crisis familiares, etc. Solo de esta manera, podemos aspirar a realizar una labor de auténtica impartición de justicia en materia familiar y no solo un mero ejercicio lógico deductivo en el dictado de la sentencia, que como sostenía Robert Alexy, resulta insuficiente para solucionar conflictos jurídicos
Para concluir, habrá notado el estimado lector, que he evitado utilizar tecnicismos jurídicos o lenguaje judicial en abundancia, con el fin de que cualquier persona que no sea abogado, comprenda este mensaje. La impartición de justicia en materia familiar, debe ser así, con un sentido que le resulte familiar a los justiciables.